CIUDADANÍA DE LOS EE.UU.
CIUDADANÍA
1. Ciudadanía de los EE.UU. a través de Naturalización
Usted puede ser elegible para obtener la ciudadanía de EE.UU. si:
• Usted es una con 5 años de residencia permanente extranjero en los EE.UU. y por lo menos la mitad de tiempo que estuvo físicamente presente dentro de los EE.UU., sin períodos de ausencia de más de seis meses.
• Usted es un residente permanente durante 3 años, quien actualmente está casada con un ciudadano de los EE.UU., y ha estado casada con el mismo ciudadano de los EE.UU. durante los últimos 3 años.
• Se han cumplido los EE.UU. de las Fuerzas Armadas durante un mínimo de tres años
• Realizó militares en servicio activo en las Fuerzas Armadas de EE.UU. durante:
La Primera Guerra Mundial (11 noviembre 1916-6 abril 1917)
La Segunda Guerra Mundial (septiembre 1ro, 1939-diciembre 31, 1946)
Corea (junio 25to, 1950 hasta julio 01, 1955)
Vietnam (febrero 28, 1961 hasta octubre 15, 1978) o
Golfo Pérsico (2 agosto 1990 hasta 11 abril 1991)
• Usted ha estado casada con un ciudadano de los EE.UU. que murió durante un período de servicio activo honorable en las Fuerzas Armadas EE.UU.
• Se sirve en un buque operado por los EE.UU. y ha sido un residente permanente de EE.UU. en los últimos cinco años
• Usted es un empleado o un individuo bajo contrato con el Gobierno de los EE.UU. y ha sido un residente permanente de EE.UU. en los últimos cinco años
• Si una persona que ejerza funciones ministeriales o sacerdotales de una confesión religiosa o una organización interdenominacional con una presencia válida en los EE.UU., y ha sido un residente permanente de EE.UU. en los últimos cinco años
• Usted es un cónyuge de un ciudadano de los EE.UU., que es uno de los siguientes:
Un miembro de las Fuerzas Armadas de EE.UU.
Un empleado o una persona contratada por el Gobierno de los EE.UU.
Un empleado de una institución americana de investigación reconocidos por el Procurador General
Un empleado de una organización internacional pública de los que los Estados Unidos es miembro por ley o tratado
Un empleado de una empresa de propiedad estadounidense o corporación dedicada al desarrollo del comercio exterior y el comercio de los Estados Unidos
Una persona que realiza o sacerdotal funciones ministeriales de una confesión religiosa o una organización interdenominacional con una presencia válida en los Estados Unidos
2. Ciudadanía de los EE.UU. a través de Nacimiento
• Todos los niños nacidos en los EE.UU. adquiere automáticamente la ciudadanía de los EE.UU., incluso si la madre del niño estaba en los EE.UU. ilegalmente. Esta disposición no se aplica a un niño cuyo padre fue un diplomático extranjero en el momento del nacimiento.
3. Ciudadanía de los EE.UU. a través de los padres
A pesar de que un niño nace fuera de los EE.UU., el niño adquiere automáticamente la ciudadanía de EE.UU. si al menos uno de los padres era ciudadano de los EE.UU. en el momento del nacimiento del niño
• Si ambos padres eran ciudadanos de EE.UU. en el momento del nacimiento de un hijo fuera de los EE.UU., y al menos uno de los padres tenía una residencia previa en los EE.UU., el niño adquiere automáticamente la ciudadanía de EE.UU..
• Si sólo uno de los padres era ciudadano de los EE.UU. en el momento del nacimiento del niño un fuera de los EE.UU., y que el padre había residido anteriormente en los EE.UU. por lo menos cinco años, con al menos dos de esos años que después de la edad de 14 años, la niño adquiere automáticamente la ciudadanía de EE.UU..
4. Ciudadanía de los EE.UU. a través de Adopción
• Los niños menores de 18 años de edad con tarjetas verdes pueden naturalizarse si una petición de un padre ciudadano de los EE.UU..
5. Recuperar Perdido Ciudadanía
• Las personas nacidas antes de 1934 en los países extranjeros a las madres ciudadano de los EE.UU., y se les negó la ciudadanía a causa de los requisitos de retención y la ley del día
• Ex EE.UU. los ciudadanos que antes de 22 de septiembre 1922 perdió ciudadanía de los EE.UU. debido a su matrimonio con un extranjero que no era elegible para la naturalización
• Los antiguos ciudadanos perder la ciudadanía por incumplimiento de los requisitos de retención de la presencia física de acuerdo a la ley antes de 1978
• El ex ciudadanos perder la ciudadanía mediante la introducción de las fuerzas armadas de países extranjeros durante la Segunda Guerra Mundial
• Los niños que perdieron la ciudadanía de los EE.UU. a través de incumplimiento de los requisitos de retención de la ley
Recuperar Perdido Ciudadanía
6. La ciudadanía póstuma
• la ciudadanía póstuma se concede a los extranjeros que murieron en servicio activo en las Fuerzas Armadas de EE.UU. durante la Primera Guerra Mundial, la Segunda Guerra Mundial, Corea o Vietnam, las hostilidades, o en otros periodos de hostilidades militares.
Solicitar la ciudadanía póstuma
7. Doctrina de la retención constructiva
• Los individuos nacidos y criados fuera de los EE.UU., siendo conscientes de haber adquirido la ciudadanía de EE.UU. a través de sus padres y por lo tanto no cumplir los requisitos de residencia en EE.UU. puede reclamar la ciudadanía de EE.UU. a través de la Doctrina de la retención constructiva.
Solicitar un Certificado de Ciudadanía
8. Doctrina de la doble retención constructiva
• Los individuos con los abuelos que eran ciudadanos de EE.UU. pueden ser elegibles para reclamar ciudadanía de los EE.UU. en virtud de la doctrina de la doble retención constructiva.
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• EE.UU. Departamento de Estado
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